La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece los derechos fundamentales para la protección del Estado venezolano

 




La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece los derechos fundamentales para la protección del Estado venezolano


El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), encabezado por su presidenta, magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez, prosigue con la realización del ciclo de estudio y análisis del articulado de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como parte del 25 aniversario que cumple este año la Carta Magna.

En esta oportunidad, se analizó el artículo 15 del texto fundamental, el cual fue expuesto por la coordinadora del Observatorio Social del Poder Judicial, doctora Durga Ochoa, quien explicó que una de las cosas más importantes es la integridad territorial, la cual es deber del Estado preservarla a través de la identidad nacional, destacando la refundación de la República Bolivariana de Venezuela porque en ella se establece que "en el país estamos en una sociedad democrática, participativa, protagónica, para el desarrollo de una integridad política social económica y cultural latinoamericana". Dicho artículo expresa lo siguiente:

“Artículo 15 El Estado tiene la obligación de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo a la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales, una ley orgánica de fronteras determinará las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.”

Asimismo, destacó que el artículo 15 de la Carta Magna establece la norma rectora de lo que significa el Poder Público nacional en la armonización y la aplicación de políticas que sean direccionadas a la protección de todas las zonas fronterizas de Venezuela y además de ello establecer la verificación de lo que se dispone desde el punto de vista internacional a los efectos de garantizar la paz a través del desarrollo de políticas en protección del Estado venezolano.

Al referirse al Estado multiétnico y pluricultural, precisó que se basa en las ideas del constituyente, que no solo reconoce a las venezolanas y venezolanos sino a los múltiples grupos indígenas en sus costumbres, cultura y más importante reconociendo los espacios territoriales en los que ellos habitan, dándole una gran connotación a como se diferencia la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela a otras constituciones del mundo.

Por otra parte, la Dra. Durga Ochoa manifestó que cuando se habla de políticas integrales se habla del desarrollo de las políticas públicas, para que las mismas vayan en función del desarrollo armónico del Estado en el logro de la suprema felicidad social del pueblo venezolano que se rige bajo el modelo constitucional de 1999.

Igualmente, en su intervención recordó y celebró que hoy 23 de enero se cumplen 66 años que se instauró la democracia en el país, fecha en la que el pueblo venezolano, en unión cívico-militar tuvo un rol protagónico para derrocar al régimen dictatorial.

En la actividad, realizada en los espacios de la plaza central del alto juzgado, estuvieron presentes servidores y servidoras judiciales, así como representantes del Poder Popular.

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