La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es referencia en el mundo por ser garantista y defensora de los derechos humanos
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es referencia en el mundo por ser garantista y defensora de los derechos humanos
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), encabezado por su Presidenta Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, continúa la realización del ciclo de estudio y análisis del articulado de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en los espacios de la plaza central del alto juzgado del país.
En esta jornada se abordó el artículo 2 de la Carta Magna, que dispone:
“Art.2: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.”
La magistrada Tania D’Amelio Cardiet, integrante de la Sala Constitucional y Coordinadora Nacional de Justicia de Paz Comunal del Poder Judicial, analizó el Texto Fundamental, aprobado por el Poder Popular, señalando que este instrumento normativo, es referencia en el mundo por ser garantista y defensor de los derechos humanos, además de expresar que "Exponer hoy sobre este artículo para mí, es una honra, puesto que se ha convertido incluso como en una consigna garantista de derechos para nosotros", precisó.
Durante su intervención señaló, entre otros aspectos, que la Sala Constitucional del TSJ ha dictado varias decisiones tomadas con fundamento en el artículo 2 de la Constitución, tal como fue la N° 85 del 24 de enero del 2002, que trata de los créditos indexados, caso que en Venezuela solucionó un daño en lo personal y en lo patrimonial a muchos venezolanos y venezolanas, logrando así un equilibrio en la aplicación de derechos y justicia para las familias de todo el país, bajo una concepción más humanista.
Sobre esa sentencia, precisó que la misma permitió que se tomaran acciones importantes, causando un precedente desde el Máximo Tribunal para la protección y tutela de las familias venezolanas, revirtiendo lo que, en ese momento, fue la actuación de la banca, en contra de los ciudadanos y ciudadanas. Agregó que la Carta Magna proporcionó una defensa patrimonial, garantizando a la ciudadanía sus derechos.
Es importante resaltar, que esta decisión produjo un impacto en el orden jurídico y social del Estado venezolano, constituyéndose, como un nuevo paradigma de interpretación constitucional de los efectos del Estado Social de Derecho y de Justicia, sobre el imperio de la autonomía de la voluntad de los particulares, protegiendo los intereses colectivos y difusos y reconociendo al Poder Judicial como garante de la protección constitucional.
También en la actividad, en la que estuvieron presentes Magistradas, Magistrados junto a servidores y servidoras judiciales, la Magistrada D’Amelio manifestó que: "es nuestra responsabilidad que debemos hacer justicia, por eso es que el artículo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela no solo debe estar en nuestra mente, sino en nuestro corazón, como un valor y como una guía".
Igualmente, aprovechó la oportunidad para llamar la atención de los asistentes sobre la importancia de conocer la Exposición de Motivos de la Constitución, pues más allá del resumen de los aspectos contenidos en la Carta Magna, establece el espíritu del constituyente.
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