Caracas es la capital de la República con un gobierno democrático y participativo


 

Caracas es la capital de la República con un gobierno democrático y participativo

En la continuación del homenaje que se le rinde a la Constitución nacional por sus 25 años de vigencia, en el Tribunal Supremo de Justicia, que preside la magistrada Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez, la lectura y análisis del artículo 18 del texto fundamental de la República estuvo a cargo de la  constituyentista Nora Delgado, integrante del Observatorio Social del Poder Judicial, quien expuso las razones históricas y estratégicas por las cuales Caracas es la capital de Venezuela y se refirió a Ley Especial Sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital la cual establece su unidad político territorial, dicho artículo expresa que:

“Artículo 18: La ciudad de Caracas es la capital de la República y el asiento de los órganos del Poder Nacional. Lo dispuesto en este artículo no impide el ejercicio del Poder Nacional en otros lugares de la República. Una ley especial establecerá la unidad político territorial de la ciudad de Caracas que integre en un sistema de gobierno municipal a dos niveles, los Municipios del Distrito Capital y los correspondientes del Estado Miranda. Dicha ley establecerá su organización, gobierno, administración, competencia y recursos, para alcanzar el desarrollo armónico e integral de la ciudad. En todo caso, la ley garantizará el carácter democrático y participativo de su gobierno”.

Con relación al aspecto histórico, la ponente señaló que, al crearse la Capitanía General de Venezuela, en el año 1577, todas las provincias quedaron bajo esta jurisdicción en los ámbitos político y militar, con la sede asentada en Caracas. Asimismo, resaltó la significación de la ciudad, cuna del Libertador Simón Bolívar, entre otros personajes relevantes; además de epicentro de trascendentes acontecimientos, como la declaración de la independencia, el derrocamiento de la dictadura en 1958, el Caracazo, e importantes actividades educativas, financieras, comerciales, industriales y de servicio.

En cuanto a las razones estratégicas, destacó que Caracas es el asiento de la Presidencia de la República y de los poderes públicos nacionales, así como del Estado Mayor Conjunto de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana junto a diversas dependencias del Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional Bolivariana, entre otras instituciones de relevancia para el país.

Al abordar el segundo párrafo del artículo 18°, y luego de exponer que en siete ocasiones Caracas ha dejado de ser la capital y sede del ejercicio del Poder Nacional, Nora Delgado afirmó que, con la promulgación de la Ley Especial Sobre la Organización y Régimen del Distrito Capital, en el año 2009, quedaron establecidas la organización, gobierno, administración, competencias y recursos de esta entidad político territorial. De igual manera mencionó que, como gobierno democrático y participativo, entre las competencias del Distrito Capital está la de promover la organización de comunas y del gobierno comunal, además de la cultura, tradiciones y toda manifestación en pro del fortalecimiento de la identidad caraqueña y todo lo que contribuya a la convivencia solidaria para la construcción de la nueva sociedad.

En este sentido y para finalizar, la directora general del Observatorio Social del Poder Judicial, Durga Ochoa, añadió que "Caracas concentra todos los poderes. Es estratégica y se necesita tener no solamente desde el punto de vista geográfico, sino desde el punto de vista social, desde el punto de vista político y desde el punto de vista constitucional, toda la estructura necesaria a los fines de garantizar el ejercicio de su gobierno atendiendo la voz del pueblo".

 

 


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